Saltar al contenido

akademik :: SIQURË

Las empresas de seguridad privada, obligadas a nombrar Delegado de Protección de Datos (DPD)

Los responsables y encargados del tratamiento deberán designar un Delegado de Protección de Datos (DPD) en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del RGPD, así como en los indicados en el artículo 34 de la LOPDGDD. Cuando una organización designe un DPD de forma voluntaria, se aplicarán a su designación, su puesto y sus tareas los requisitos establecidos en los artículos 37 a 39 del RGPD y 34…

Origen